El Real Decreto-ley 20/2012 certifica la subida de las retenciones a cuenta del IRPF para los profesionales.
En consecuencia, se modifica la legislación
existente y todas las actividades profesionales quedan sujetas a una
retención del 19% del IRPF, además se
establece que el tipo reducido que se puede aplicar los primeros años de
actividad será del 9%. Ahora bien, como medida transitoria se establece
que la retención a aplicar en 2012 y 2013 será del 21%, entrando en vigor esta modificación el 1 de septiembre de 2012.
El texto indica que este incremento se aplicará tanto a los rendimientos del trabajo
derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y
similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas
o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.
Pero tambián a los rendimientos de actividades profesionales, por tanto todos aquellos cuyo epígrafe del IAE sea profesional estarán sujetos a este cambio. De este modo el profesional adelantará ese porcentaje de sus
ingresos y lo regularizará posteriormente en su declaración anual del IRPF.
Hay que destacar que hay algunas diferencias en los pagos a cuenta
de los autónomos en actividad empresarial con respecto a los que están
en actividad profesional. Los primeros no aplican retención en sus
cobros y hacen una declaración trimestral de IRPF
por la que adelantan el 20% de su rendimiento neto. Los profesionales
aplican retención en sus facturas y si tienen un 70% de sus ingresos
sujetos a retención (puede haber casos en los que una misma persona
realice actividad empresarial y profesional a la vez) no están obligados
a presentar liquidación trimestral, pero ojo adelantan un porcentaje sobre sus ingresos brutos, no netos. (actividades y en que condiciones se encuadran en actividad empresarial o profesional, habrá casos en los que sea planteable y más beneficioso cambiar el epígrafe del IAE de esa actividad y acogerse a uno que sea empresarial y no profesional.
Más que nada porque teniendo en cuenta los problemas de liquidez
existentes, tener que adelantar al fisco una cantidad mayor puede
suponer un grave inconveniente.
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