STS 27/7/2015 Rec. num. 625/2014: Trabajadora incluida en resolución administrativa que autoriza el ERE. El procedimiento de impugnación del despido tras la Ley reguladora de la Jurisdicción Social y antes del Real Decreto Ley 3/2012, es el de impugnación de actos administrativos y no el de despido individual La cuestión que se discute consiste en determinar si frente a la inclusión de la demandante (junto con otros trabajadores) con su nombre y circunstancias laborales en la resolución administrativa que homologó el acuerdo habido con los representantes de los trabajadores en un ERE por causas económicas , tramitado y autorizado antes de que se rigiesen esos despidos por el RDL 3/2012, cabe interponer demanda por despido alegando la existencia de razones discriminatorias determinantes de dicha inclusión o , por el contrario, debería utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 151 LRJS para la impugnación de actos administrativos en materia laboral. El T...
Impresiones sinestésicas de un mundo cambiante