Para los trabajadores que tenían más de dos años acumulados de salario cuando empezó la reforma.
El Tribunal Supremo está removiendo los procesos de despido
improcedente con una sentencia sorprendente, que eleva considerablemente
la indemnización para los trabajadores más antiguos. Aquellos que,
antes de la entrada en vigor de la reforma laboral -el 12 de febrero de
2012- hubiesen acumulado, por este tipo de despido, una compensación
superior a los dos años de salario, o 720 días. La reforma laboral, que entró en vigor el 12 de febrero de 2012, en su disposición transitoria quinta, estableció dos tipos de indemnización para el despido improcedente. El primero, para los contratos anteriores a la reforma laboral, la indemnización para el trabajador debe calcularse a razón de 45 días de salario por año de servicio en la empresa, con un tope de 42 meses. A partir de esa fecha, el cómputo establecido es de 33 días de salario por año de servicio en total, y la cuantía no puede superar el techo máximo de 720 días de salario -dos años-, salvo que por el tiempo transcurrido por el trabajador en la empresa, antes de la entrada en vigor de la reforma, superase ese límite en la indemnización, a razón de 45 días de salario por año de trabajo. Entonces, será esta última cuantía la que reciba el trabajador y nunca podrá superar la cifra máxima de 42 mensualidades de salario.
Sumando indemnización
Lo relevante de la sentencia, cuya ponente es la magistrada, Milagros Calvo Ibarlucea, es que el Tribunal Supremo dice que, en estos casos, la indemnización no tiene como tope lo que hubiera obtenido el trabajador antes de la reforma superando los dos años de salario. Por el contrario, si siguió trabajando en la empresa el empleado puede seguir sumando indemnización después del 12 de febrero de 2012, pero a razón de 33 días de salario por año de trabajo, con el límite de 42 mensualidades. Es decir, tres años y medio.En consecuencia, el fallo del Tribunal Supremo "ignora el mandato y la filosofía de la ley de la reforma laboral, como es el recorte de la indemnización por despido".
La sentencia es del 29 de septiembre de 2014 y su trascendencia ha ido creciendo poco a poco en el mundo de las relaciones laborales. Con la superación de los límites de la indemnización por despido improcedente establecidos hasta ahora, el Tribunal Supremo resuelve el caso de dos trabajadoras que demandaron a su empresa, la conservera Ángel Santisteban Negrete S.L. con sede en Burgos. Las empleadas estaban descontentas con la indemnización por despido, al ser considerado procedente por el juzgado de Burgos, con veinte días de salario. Recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que consideró el despido improcedente y elevó la indemnización a 720 días de salario -dos años-.
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