La prestación por riesgo durante el embarazo
Si está embarazada y cree que su trabajo puede poner en peligro su salud o la del feto, tiene la posibilidad de solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo,
siempre y cuando no puedan reubicarla para desempeñar otras labores
dentro de su empresa. Le explicamos en qué consiste esta prestación y
qué tiene que hacer para solicitarla.
La
prestación por riesgo durante el embarazo nace para proteger a aquellas
mujeres embarazadas que desempeñan una actividad laboral que puede
poner en peligro su salud o la del feto. La primera opción es intentar
cambiar de puesto dentro de la empresa, pero si ese cambio no es
posible, se puede solicitar esta prestación.
► Requisitos
El
único requisito es estar afiliada y en alta en alguno de los regímenes
del sistema de la Seguridad Social, y no se exige periodo mínimo de
cotización.
El único
requisito es estar dada de alta en la Seguridad Social, pero hay que
acreditar el riesgo y que no se puede cambiar de puesto de trabajo
► Cuantía.
En
general, el subsidio es equivalente al 100% de la base reguladora, que
es la equivalente a la que esté establecida para la prestación de
incapacidad temporal por contingencias profesionales.
Del
importe del subsidio se deducirán las cotizaciones a la Seguridad
Social, desempleo y formación profesional que procedan, así como las
retenciones por IRPF. El empresario sólo tiene que pagar la parte que le
corresponde de las cotizaciones.
► Qué tengo que hacer
La trabajadora debe solicitar un informe a su médico de cabecera en el que conste que está embarazada y la fecha probable de parto.
Con
ese informe y un certificado de la empresa sobre la actividad que
desarrolla y las condiciones de su puesto de trabajo, la trabajadora
solicita al INSS o a la mutua la emisión de la certificación
médica sobre la existencia de riesgo durante el embarazo. Si la entidad
considera que no se produce tal riesgo, denegará la expedición de la
certificación médica.
Si se certifica el riesgo, y no ha sido posible el cambio del puesto de trabajo, la empresa declarará a la trabajadora en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo. La trabajadora cobrará el subsidio durante el tiempo de suspensión del contrato.
Para
que se le reconozca el subsidio, la trabajadora debe presentar una
solicitud en la entidad gestora de la Seguridad Social o mutua, que le
debe responder en 30 días contados desde que se reciba la solicitud y la
documentación requerida.
Si se tienen
dudas, la entidad puede solicitar un informe a la Inspección de Trabajo,
que deberá emitirse en 15 días, tiempo durante el cual se paraliza el
plazo de los 30 días.
► Documentos a presentar junto a la solicitud.
1. DNI, NIE o TIE, según el caso, para la acreditación de identidad de la interesada.
2. Original y copia de la documentación relativa a la cotización:
- Trabajadora por cuenta ajena del régimen general: certificado de empresa debidamente cumplimentado.
-
Trabajadoras por cuenta ajena agrarias: certificado de empresa,
cumplimentado conforme al TC 2/8 del mes anterior al inicio de la
suspensión del contrato de trabajo y justificantes de pago de los tres
últimos meses (TC 1/9).
- Para las
artistas y profesionales taurinas: declaración de actividades (TC 4/6) y
justificantes de actuaciones (TC 4/5), que no hayan sido presentados.
- Trabajadora por cuenta propia: Justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses.
- Representantes de Comercio: Justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses (TC 1/3).
3. Documentación que acredite el riesgo:
- Informe médico del Servicio Público de Salud.
-
Certificación médica expedida por los servicios médicos de la entidad
gestora en la que quede acreditado que las condiciones del puesto de
trabajo influyen negativamente en la salud de la trabajadora o del feto.
- Declaración de la empresa o de la
trabajadora por cuenta propia sobre la actividad y condiciones del
puesto de trabajo, categoría y riesgo específico y de la inexistencia de
otro puesto compatible con su estado.
- En el caso de las trabajadora autónomas, declaración de situación de actividad.
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