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CONVENIOS COLECTIVOS

NUEVO REGLAMENTO DE LA COMISIÓN CONSULTIVA NACIONAL DE CONVENIOS COLECTIVOS

La CCNCC fue creada en el año 1980 con el anterior Estatuto de los Trabajadores. Después de más de 30 años de funcionamiento, el RD-L 7/2011, de reforma de la negociación colectivo, intentó reformar esta institución, hasta el punto de cambiar su denominación por el de "Consejo de Relaciones Laborales y de Negociación Colectiva", pero no llegó a materializarse, ya que la entrada del nuevo Gobierno con su última reforma laboral (RD-L 3/2012 y Ley 3/212) ha reforzado las funciones de este organismo tripartito, pero conservando su nombre inicial.
El RD 1362/2012 regula las nuevas funciones de la CCNCC, desarrollando las que ya realizaba y asignando otras nuevas en consonancia con la última reforma laboral:

FUNCIONES DE LA CCNCC

Consultiva: Emite dictámenes e informes a las consultas planteadas sobre el ámbito funcional de los convenios colectivos. Sus respuestas no son vinculantes.

Las consultas pueden ser:

- Sobre el ámbito funcional de un convenio nacional que se quiera negociar (o de Ceuta y Melilla)

- Sobre la interpretación del ámbito funcional de un convenio nacional vigente (o de Ceuta y Melilla)

- Encuadramientos: sobre el convenio a aplicar a una empresa según la actividad que desarrolle.

Observatorio: Realizará funciones de observatorio, de información, estudio, y difusión de la documentanción:

- Realizará informes anuales desde una perspectiva jurídica y económica.

- Realizará análisis y seguimientos tanto de la estructura como del contenido de la negociación colectiva en España.

- Difusión de buenas prácticas e innovaciones fruto de sus estudios

- Difusión de sus estudios mediante publicaciones, jornadas, etc con especial uso de medios telemáticos

Decisorias: Es una nueva función atribuida a la CCNCC. Resolverá las discrepancias surgidas en la inaplicación del convenio colectivo, en las empresas que tengan centros de trabajo en más de una comunidad autónoma, como establece ahora el 82.3 del ET, tras la última reforma laboral. Para ello se establece un procedimiento a seguir.

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