Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales
retribuidas coincidentes con un período de baja por enfermedad en un período
posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad
laboral. Considera el TJUE que sería aleatorio y contrario a la finalidad del
derecho a las vacaciones anuales retribuidas conceder ese derecho únicamente al
trabajador que ya se encuentre en situación de incapacidad laboral cuando se
inicie el período de vacaciones anuales retribuidas. Además, dispone que el
nuevo período de vacaciones anuales se corresponderá con la duración del
solapamiento entre el período de vacaciones anuales inicialmente fijado y la
baja por enfermedad
Tribunal constitucional avala la aprobación de la reforma laboral. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la constitucionalidad de dos aspectos de la reforma laboral, rechazando una cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Juzgado de los Social 34 de Madrid contra el Real Decreto-ley 3/2012. En concreto, los dos aspectos analizados son la indemnización por despido improcedente (que con la pasó de 45 días a 33 días por año trabajado) y la eliminación del pago de los salarios de tramitación en caso de optar por indemnizar a un trabajador si el despido es declarado o reconocido como improcedente. El auto parte de la premisa de que “la apreciación de la concurrencia de circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad [para legislar por decreto] constituye un juicio político o de oportunidad ” que corresponde en primer lugar al Gobierno y, en segundo, al Congreso de los Diputados. Sentado lo anterior, concluye que la decisión ...
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