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SISTEMA DE BONIFICACIÓN PARA AQUELLAS EMPRESAS QUE ACREDITEN LA MEJORA DE SU SINIESTRALIDAD LABORAL

Un año más, la Administración ha puesto en funcionamiento el sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan promovido de forma significativa la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

En base a la normativa, recogida en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, las cotizaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales podrán reducirse el primer año un 5%. Este porcentaje podrá llegar al 10% a partir del segundo año y en los sucesivos, siempre que la empresa haya percibido este incentivo del año anterior.

Podrán ser beneficiarios del sistema que se regula en este Real Decreto todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales y que reúnan una serie de requisitos.

En 2016 se podrán reconocer los incentivos correspondientes al año 2015 o periodos anteriores desde 2012, siempre que formen parte del periodo de observación.

Desde el día 1 de abril hasta el 15 de mayo de 2016, las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto que deseen optar al incentivo, deberán presentar su solicitud a la mutua que asuma la protección de sus contingencias profesionales.

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