¿Sigue vigente la deducción de 400 €?
Sí. Con efectos desde 1 de enero de 2010 y vigencia indefinida, la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas
será solo aplicable a contribuyentes cuya base imponible sea inferior a
12.000 euros y que perciban rendimientos del trabajo o de actividades
económicas.
Además, el importe de la deducción queda
establecido en 400 euros solo cuando la base imponible sea igual o
inferior a 8.000 euros anuales, disminuyendo proporcionalmente desde los
400 euros cuando la base imponible vaya aumentando desde 8.000,01 y
hasta los 12.000 euros anuales.
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