Un año más, la Administración ha puesto en funcionamiento el sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan promovido de forma significativa la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. En base a la normativa, recogida en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, las cotizaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales podrán reducirse el primer año un 5%. Este porcentaje podrá llegar al 10% a partir del segundo año y en los sucesivos, siempre que la empresa haya percibido este incentivo del año anterior. Podrán ser beneficiarios del sistema que se regula en este Real Decreto todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales y que reúnan una serie de requisitos. En 2016 se podrán reconocer los incentivos correspondientes al año 2015 o periodos anteriores desde 2012, siempre que formen parte del periodo de observación. Desde el...
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