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BOE - DISPOSICIONES PUBLICADAS

« BOE »   núm.   145, de 18 de junio de 2013, páginas 45788 a 45789 (2   págs. ) Sentencia de 28 de enero de 2013, del Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en el recurso de casación para la unificación de doctrina n.º 814/2012, interpuesto por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad (artículo 219.3 LRJS), por la que se fija doctrina jurisprudencial en relación con el cómputo de los denominados días-cuota por gratificaciones extraordinarias a efectos de prestaciones por incapacidad permanente y jubilación. http://www.boe.es/boe/dias/2013/06/18/pdfs/BOE-A-2013-6583.pdf

SEGURIDAD SOCIAL

La Seguridad Social ha elevado a seis el número de cuentas abiertas en entidades de depósito que puede embargar por medios telemáticos, frente a las tres actuales, como medida para asegurar el cobro de deudas con la Tesorería General de este organismo, según una resolución del Ministerio de Empleo. La Tesorería indica que el incremento del número de cuentas embargables, que no entrará en vigor hasta el 2 de enero de 2014, se debe a que el sistema actual de embargo telemático de cuentas en entidades financieras está proporcionando resultados "satisfactorios" en la gestión recaudatoria en vía ejecutiva de la Seguridad Social. Además, destaca que el procedimiento telemático evita la presentación de diligencias de embargo en soporte papel por parte de los órganos de recaudación de la Seguridad Social ante las oficinas o sucursales de dichas entidades de depósito. Por todo ello y para dotar a dicho procedimiento de una "mayor eficacia", la resolución de Empleo, fi...

RENTA 2012 - PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DE IRPF Y PATRIMONIO 2012

Desde el 6 de mayo pueden presentarse en oficinas, entidades financieras y otras entidades colaboradoras las declaraciones en papel del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se recuerda que todas las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio deben presentarse a través de Internet. Los contribuyentes obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio y por el Impuesto sobre la Renta, tienen que presentar ambas declaraciones a través de Internet. El plazo para la presentación a través de Internet de ambas declaraciones comenzó el pasado 24 de abril, y se puede realizar con el Número de Referencia obtenido a través del servicio RENØ. Se recuerda también que el 6 de mayo comienza el servicio de petición de cita previa para la  confección de declaraciones y modificación de borradores; la petición de cita previa estará disponible hasta el 28 de junio y podrá realizarse por Internet o en los teléfonos 901 12 12 24 (durante las 24 h...

RENTA 2012 - ¿DÓNDE CONFIRMAR EL BORRADOR?

VÍA NO PRESENCIAL Según el resultado: Por Internet: −−Ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y negativo: NIF/NIE y el nº de referencia o certificado electrónico o DNI electrónico. −−Ingreso sin domiciliación: NIF/NIE y el certificado electrónico o DNI electrónico. En el 901 12 12 24 (VRU): −−Devolución y negativo: NIF/NIE y el nº de justificante.   Enviando mensaje SMS al 217223 para resultado a devolver y negativo con el siguiente texto: −−Declaración individual: RENTA (espacio) nº justificante (espacio) NIF/NIE. −−Declaración conjunta: RENTA (espacio) nº justificante (espacio) NIF primer declarante (espacio) NIF/NIE cónyuge.   En el 901 200 345 (Renta asistencia): −−Ingreso con domiciliación y renuncia a la devolución: NIF/NIE y el nº de referencia. −−Devolución y negativo: NIF/NIE y el nº de referencia o nº de justificante. Por cajeros automáticos, banca electrónica o telefónica de las entidades financieras que presten servicio: −−Ingreso sin do...

RENTA 2012 - DATOS FISCALES Y PROGRAMA PADRE

El borrador de declaración va acompañado de los datos fiscales. Si no se tiene perfil borrador sólo se obtendrán los datos fiscales.   Los datos fiscales proceden de información facilitada por terceros (sus pagadores, entidades...) y permiten aclarar con ellos las diferencias que existan entre los datos fiscales recibidos y los datos reales.   Para mayor comodidad se puede incorporar directamente los DATOS FISCALE S utilizando el programa de ayuda para la declaración de Renta, PADRE en Internet.

RENTA 2012 - NO DEBEN PRESENTAR DECLARACIÓN

No tendrán que declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario e inmobiliario), de actividades económicas y ganancias patrimoniales, sujetas o no a retención, cuando su suma no exceda de 1.000 € y pérdidas patrimoniales inferiores a 500 €.   No obstante, aún no superando los importes anteriores, deberán presentar declaración los contribuyentes que quieran beneficiarse de: −−Deducción por inversión en vivienda habitual. −−Deducción por cuenta ahorro-empresa. −−Deducción por doble imposición internacional. −−Reducciones en la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social.