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Mostrando entradas de 2014

FISCAL -

Inadmisión de las solicitudes de aplazamiento de retenciones presentadas desde 1 de Enero de 2014 Aunque la Ley 58/2003 General Tributaria establece que los pagos a Hacienda de las retenciones e ingresos a cuenta son inaplazables, salvo casos realmente excepcionales, hasta el pasado mes de diciembre las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento eran admitidas con frecuencia, en especial habida cuenta de estos años de crisis que han provocado problemas de tesorería en muchas empresas. Al respecto la propia Agencia Tributaria aprobó en 2009 una instrucción interna que “abría la mano” a la hora de aplazamientos de retenciones e ingresos a cuenta, tramitándose como el resto de aplazamientos y fraccionamientos.   En la práctica, muchas empresas presentaban con asiduidad las liquidaciones de retenciones con solicitud de aplazamiento y, aunque finalmente no recibieran una contestación positiva de la Administración Tributaria, se ganaba un tiempo para el pago

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - REFORMA LABORAL

Tribunal constitucional avala la aprobación de la reforma laboral. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la constitucionalidad de dos aspectos de la reforma laboral, rechazando una cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Juzgado de los Social 34 de Madrid contra el Real Decreto-ley 3/2012. En concreto, los dos aspectos analizados son la indemnización por despido improcedente (que con la pasó de 45 días a 33 días por año trabajado) y la eliminación del pago de los salarios de tramitación en caso de optar por indemnizar a un trabajador si el despido es declarado o reconocido como improcedente. El auto parte de la premisa de que “la apreciación de la concurrencia de circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad [para legislar por decreto] constituye un juicio político o de oportunidad ” que corresponde en primer lugar al Gobierno y, en segundo, al Congreso de los Diputados. Sentado lo anterior, concluye que la decisión no f

Normas de cotización para el año 2014

El pasado 1 de febrero, se publicó en el B.O.E. la Orden ESS/106/2014, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. A continuación detallamos las principales novedades aprobadas al respecto. Topes de cotización El tope máximo de la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social para el ejercicio 2014 será de 3.597,00 euros mensuales. Este nuevo tope máximo de cotización, se ha incrementado en un 5% con respecto al tope máximo aplicado durante el año 2013. Por otra parte, el tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional no podrá ser inferior a 753,00 euros mensuales. Este tope mínimo no sufre ninguna alteración con respecto al fijado para 2013.

Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social

La   Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, introduce determinadas reformas en los sectores de infraestructuras, de transportes aéreo, terrestre, ferroviario y marítimo y en el sector de la vivienda. El texto legislativo procede del   Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, que ya anticipó muchas de las medidas que ahora se aprueban de manera definitiva. Se llevan a cabo las siguientes modificaciones: 1. En materia de infraestructuras y transporte: - Se modifica   Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, para ajustar la   fórmula de cálculo del déficit , con el fin de moderar el incremento máximo de las prestaciones patrimoniales de carácter público a percibir por Aena Aeropuertos, S.A. - Respecto a la   Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, se establece el procedimiento para la modificación y actualización de las cuantías de los   cánones ferroviar

TARIFA PLANA - Real Decreto-ley 3/2014

El   Real Decreto-ley 3/2014 publicado el sábado día 1 de marzo en el BOE, establece medidas cuyo fin es acelerar la recuperación y la creación de empleo prevista para el presente año y que se suman a otras previas, como son la reciente simplificación de los modelos de contratos laborales y la creación del asistente para la contratación en Internet. Toca ahora, pues, reducir las cotizaciones sociales para favorecer la creación neta de empleo estable. ¿Y cómo se articula tal reducción? Mediante el establecimiento de una tarifa plana reducida de las cotizaciones sociales para nuevas contrataciones indefinidas que mantengan el empleo neto durante al menos tres años. Este es el núcleo del Real Decreto-ley, que consta de un único artículo. Veamos su contenido a través de diez cuestiones clave. 1) ¿Qué es la tarifa plana y a cuánto asciende? Consiste en una reducción en la cotización de los contratos indefinidos, cuyo fin es crear empleo. Asciende a una cuantía de   100 euros mens