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Mostrando entradas de abril, 2013

CAMBIO DE LA URL DE ACCESO AL DELTA

Desde el día 1 9/04/2013 se ha activado una nueva URL para el entorno de explotación de Delta: delta.empleo.gob.es , de acceso a la aplicación. Las antiguas direcciones seguirán vigentes hasta el 1/7/2013. De igual modo y en la misma fecha, se ha activado para el entorno de pruebas de Delta: www.testat2.empleo.gob.es . Ante cualquier duda o problema póngase en contacto con Delt@ por los medios habituales: teléfono (902-88-77-65) - correo (delta@meyss.es).

NOTIFICACIONES DIGITALES OBLIGATORIAS

Cuando termine el año, todas las empresas y los autónomos obligados a usar el sistema RED (Remisión electrónica de datos) para comunicarse con la Seguridad Social tendrán la obligación de recibir por vía electrónica las notificaciones correspondientes al procedimiento de gestión recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social. El proceso está en marcha después de que la Tesorería enviase el pasado día 18 las primeras 25.000 cartas por correo postal para informar a otras tantas empresas de su inclusión en el sistema de notificaciones digitales. La recepción de esta carta es condición ‘sine que non’ para entrar en el sistema. Su obligatoriedad se hace efectiva transcurrido un mes desde la recepción de la carta. A partir de ahí, la sede electrónica de la Seguridad Social será la única vía por la que reciban notificaciones de la Tesorería. Para ello, será necesario contar con un certificado digital. La notificación se pondrá a disposición en la sede electr

JURISPRUDENCIA - SENTENCIA TC 61/2103, DE 14 DE MARZO

En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5862-2003, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre el inciso inicial de la letra a) de la regla segunda del apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley general de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por posible vulneración del art. 14 de la Constitución. Han intervenido el Abogado del Estado, en la representación que ostenta, y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, quien expresa el parecer del Tribunal. El Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española ha decidido estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en su virtud declarar inconstitucional y nula la regla el apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley general de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legis