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Mostrando entradas de enero, 2013

REFORMA CÓDIGO PENAL - FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL

Tras la   última reforma del Código Penal , aquellos que se encuentren oficialmente en   situación de desempleo cobrando el subsidio estatal   y, por otro lado, obtengan ingresos no declarados derivados de actividades profesionales, serán sancionados hasta con pena de cárcel. De esta forma, el nuevo apartado   307 del Código Penal, que entra en vigor hoy 17 de Enero , perseguirá de forma activa a aquellos que alimentan esta economía sumergida y que, a la vez, reciben la prestación por desempleo o cualquier otro tipo de pensión por parte de la Seguridad Social. Las sanciones establecidas por la nueva normativa van de los   6 meses a los 3 años de cárcel . No obstante, y según cita el texto, “en los casos que no revistan especial gravedad”, y teniendo en cuenta las circunstancias personales del autor del delito y de los medios empleados, la sanción quedará en la obligación de abonar hasta seis veces la cantidad defraudada. Además de la sanción aplicable en cada caso, el infractor