TGSS - Convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia R.D. 615/2007
¿Quién puede suscribirlo? Los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia que sean perceptores de la prestación económica regulada por el R.D. 615/2007 de 11 de mayo ( BOE del 12). Con carácter general, para suscribirlo es preciso que el cuidador no se encuentre en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a tiempo completo, desempleo o sea perceptor de determinadas prestaciones. IMPORTANTE: Los convenios especiales en el Sistema de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia previstos en el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia, existentes a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, se extinguirán el día 31 de agosto de 2012, salvo que el suscriptor solicite expresamente el mantenimiento del mismo, modelo TA0040 - Opción R.D.L. 20/2012 , con