¿Tributan como rendimientos del trabajo las tarjetas de transporte entregadas por las empresas a sus trabajadores?
Se consideran retribuciones en especie que no tributan siempre que:
Se utilicen para el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador. En cambio si la entrega es en metálico, aunque sea para cubrir este gasto, para el trabajador es rendimiento del trabajo sujeto y sometido a retención.
Se utilicen para el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador. En cambio si la entrega es en metálico, aunque sea para cubrir este gasto, para el trabajador es rendimiento del trabajo sujeto y sometido a retención.
¿Cuál es el tratamiento fiscal de las Rentas de emancipación de los jóvenes?
La renta de emancipación de los jóvenes se regula por RD
1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por RD 366/2009, de 20 de marzo
y por RD 1260/2010, de 8 de octubre.
No existe en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ningún precepto que establezca la exención o no sujeción de estas rentas, por lo que están sometidas al mismo como ganancia patrimonial , integrándose en la base imponible general.
Esto determina que la obtención de este tipo de rentas implicará para sus perceptores, con carácter general, la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
No existe en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ningún precepto que establezca la exención o no sujeción de estas rentas, por lo que están sometidas al mismo como ganancia patrimonial , integrándose en la base imponible general.
Esto determina que la obtención de este tipo de rentas implicará para sus perceptores, con carácter general, la obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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